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4 de febrero de 2026

El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad y puso en marcha un nuevo régimen de pensiones

La norma fija los requisitos de acceso, permanencia y control de las pensiones no contributivas y reorganiza la política de discapacidad bajo la órbita del Ministerio de Salud.

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los lineamientos operativos de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, a través del Decreto 84/2026 publicado este martes en el Boletín Oficial.

La medida, firmada por el presidente Javier Milei, da cumplimiento a una orden del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que dispuso la aplicación inmediata de la Ley 27.793 luego de declarar inválido un decreto previo que había suspendido su ejecución por razones presupuestarias.

La reglamentación define los criterios de acceso al nuevo sistema de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control. Según los considerandos, el régimen deberá articularse con las normas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.

El decreto incorpora además a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro de la estructura del Ministerio de Salud, centralizando en esa cartera la definición y ejecución de la política pública en la materia. La decisión se fundamenta en una concepción integral del derecho a la salud y la protección social, que abarca dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. Asimismo, la faculta a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación del nuevo régimen.

El decreto también dispone la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para la Protección Social, lo que implica un proceso de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones vigentes.

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación rige desde el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.

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